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 LIBERTADES QUE SON EJES DEL REPUBLICANISMO


PROFESORES REPUBLICANOS alza su voz en defensa de las libertades de pensamiento, de expresión y de prensa, nuevamente amenazadas en el país.

Desde los albores de la nación, hubo una clara conciencia de su notable importancia para la configuración de la nueva República. Así lo sostuvo Mariano Moreno, nuestro primer periodista: “Prefiero una libertad peligrosa a una servidumbre tranquila”.

Ya la Constitución Nacional de 1853 las consagró en los artículos 1.º, sobre el sistema republicano y 14, sobre la publicación de las ideas sin censura previa. Luego, en la Reforma de 1860, se agregó el artículo 32, que prohíbe el dictado de leyes que restrinjan la libertad de prensa. Y, finalmente, en virtud de la Reforma de 1994, artículo 43, se reconoció como nueva garantía el secreto de las fuentes de información periodística, además de otras establecidas en tratados internacionales de derechos humanos, a los que se les otorgó rango constitucional por el artículo 75, inc. 22.

Entre estos tratados se destaca la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que en su artículo 13 garantiza ampliamente la libertad de pensamiento, de expresión y de prensa, a la vez que prohíbe todo medio indirecto que intente restringirlas.

En el ámbito regional americano se han emitido valiosos documentos y opiniones –como la Declaración de Chapultepec– y se ha desarrollado una sólida jurisprudencia, especialmente por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Estas libertades son consustanciales a la dignidad humana y a una sociedad abierta. Ligadas a la democracia republicana, no puede desconocerse que están contenidas en las leyes supremas de todas las naciones democráticas, y especialmente en la nuestra.

Por eso, resultan tan graves y ostensibles las violaciones constitucionales que se observan actualmente, tal como lo han puesto de relieve la Sociedad Interamericana de Prensa, la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA), el Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) y la Academia Nacional de Periodismo. Estas instituciones se han referido específicamente a otro avance judicial sobre el secreto de las fuentes de información periodística en un nuevo intento de criminalizar la actividad, una vez más en perjuicio de Daniel Santoro, reconocido periodista de investigación.

Es necesaria una firme jurisprudencia judicial acorde a los principios y valores constitucionales. En el juicio "The New York Times Co. vs. United States" (1971), conocido como el de los “Papeles del Pentágono” –documentos secretos difundidos durante la guerra de Vietnam–, el ministro de la Corte Suprema de Justicia Hugo Black expresó: “La prensa está para servir a los gobernados y no a los gobernantes. El poder del gobierno para censurar la prensa fue abolido para que la prensa pudiera permanecer para siempre libre de censurar al gobierno. La prensa fue protegida al punto de poder acceder a los secretos del gobierno e informar al pueblo. Solamente una prensa libre y sin restricciones puede efectivamente exponer el mal funcionamiento del gobierno”.

Debe resaltarse el valor del periodismo de investigación en la lucha contra la corrupción, que en nuestra Ley Suprema tiene especial valor, a la luz del artículo 36, que ha calificado el enriquecimiento ilícito en la función pública como atentado al orden democrático.


En el mismo sentido, coincidimos con las instituciones antes mencionadas respecto de la señalada peligrosidad, inconveniencia e inoportunidad de la creación del proyecto NODIO, destinado a vigilar la libertad de pensamiento, de expresión y de prensa. Con estupor observamos cómo se gastan fondos públicos en esta agenda contraria a las libertades y valores constitucionales, mientras se reduce el número de funcionarios y empleados necesarios para cumplir con las obligaciones de la Oficina Anticorrupción.

En este lamentable contexto, FOPEA ha denunciado agresiones físicas, escraches y persecuciones a periodistas en varias provincias, como Chaco, Formosa, San Luis, Santa Cruz, Santiago del Estero y Tierra del Fuego.

En definitiva, no puede haber persecución penal contra periodistas por la difusión de información de interés público. No se puede criminalizar la tarea periodística ni se la puede censurar, y menos aún se la puede afectar por medios indirectos que provoquen el miedo o la autocensura.



PROCLAMA 

En virtud de lo expuesto:



PROFESORES REPUBLICANOS advierte a la ciudadanía argentina sobre las lesiones y degradaciones que atentan contra la estabilidad del Estado constitucional y democrático de nuestro país.


Debemos aferrarnos a la vigencia plena de la Constitución Nacional, única herramienta que nos permitirá luchar contra los graves problemas políticos, éticos, culturales, económicos y sociales que nos afectan.



Buenos Aires, 25 de octubre de 2020




HERNÁNDEZ, Antonio M.; KOVADLOFF, Santiago; GAMBIER, Beltrán; WIÑAZKI, Miguel; SBARBATI NUDELMAN, Norma; OSSONA, Jorge; SABSAY, Daniel A.; MIZRAJI, Guillermo J.H.; ROITMAN, Horacio; VÍTOLO, Alfredo; NERCELLAS, Marta; GARZÓN FUNES, Oscar; VICENTE, Alicia; VEGA, Gerardo; BORDA, Alejandro; LENCOVA, Liuba; BERMÚDEZ, Horacio; COHEN, Jorge; FRANZONI- MOLDAVSKY, Ada; ODRIOZOLA, Juan M.; RÓVERE, Graciela; BOUREL, Martín; GARRIDO CORDOBERA, Lidia; BARREIRA DELFINO, Eduardo; BULLORSKY,  Ernesto D.; MALKASSIAN, Roberto; ARGENTO, Alejandro; GENTILE, Ana María; CAMERINI, Marcelo; HALPERÍN, David; BUNGE, Diego; GIACCHERO, Alicia; PERINA, Emilio; BOUR, Enrique; MINASSIAN, Luciana; SCHMIDBERG, Eduardo; LUNA, Darío; SALVOCHEA, Ramiro; LUCHÍA PUIG, Horacio; SUÁREZ, Sergio P.; BERSTEIN, Omar; GUAIA, Carlos.



NO A OTRA LIMPIEZA ÉTNICA EN EL CÁUCASO SUR


El 27 de septiembre la República de Azerbaiján, con el apoyo explícito del gobierno de Turquía, quebró el cese el fuego e inició una nueva guerra contra la población armenia de Artsaj. A consecuencia de ello, hubo muertos tanto civiles como militares y se está produciendo el desplazamiento forzado de refugiados a Armenia.

Los países agresores, que contrataron mercenarios fundamentalistas, pretenden efectuar una limpieza étnica de los armenios y establecer un régimen autocrático que haga renacer el imperio otomano. La consecuencia directa sería la extensión de la guerra a la República de Armenia y la repetición del genocidio perpetrado entre 1915 y 1923 contra 1.500.000 armenios.

Conviene recordar que en la República de Artsaj, ubicada en el Cáucaso Sur, conviven desde hace 3.000 años unos 170.000 armenios. A partir del surgimiento de la URSS, la tiranía comunista la obligó a someterse a un régimen colonial bajo el dominio de Azerbaiján. Extrema pobreza y falta total de respeto a los derechos humanos fueron las herramientas para lograr la destrucción de la cultura milenaria armenia.

Declarada en 1991 la independencia de Artsaj sobre la base del Derecho a la Libre Determinación de los Pueblos, se estableció una república con un sistema democrático occidental.

A partir de entonces, los dictadores azeríes Aliyev padre y Aliyev hijo sojuzgaron continuamente a la República de Artsaj con ataques armados y masacres contra la población civil armenia, buscando la destrucción de la república y la vida en libertad.

En 1994 se firmó un armisticio y el Grupo de Minsk (Francia, Rusia y los Estados Unidos de América) se comprometió a lograr una solución.


Este grupo de ciudadanos argentinos:



1. Condenamos la situación que se ha creado y que llevará a una nueva limpieza étnica de la nación armenia a manos de Azerbaiján y de Turquía.

2. Exhortamos a que la comunidad internacional asuma una activa participación para detener esta agresión a la nación armenia.

3. Exigimos que la República de Turquía se abstenga de intervenir en el conflicto creado y se reanuden las negociaciones para una paz definitiva.

4. Esperamos que el gobierno de la República Argentina apoye decididamente las negociaciones de paz y el derecho incuestionable de la República de Artsaj de decidir su futuro.




Afirmamos que el derecho a la Libre Determinación debe ser reconocido al pueblo de Artsaj en el marco de los Derechos Republicanos universalmente aceptados.



Buenos Aires, 20 de octubre de 2020




ABACA, Alejandro; ABADI, Sonia; ABOUD, Carlos; AGUINIS, Marcos; ALTABE, Martha Helia; ALBAMONTE, Alberto Gustavo; ALMAGRO, Juan José; ALTMAN, Daniel E.; ÁLVAREZ MOLINDI, Marta; ÁLVAREZ PRADO, Juan Manuel; ANDAHAZI, Federico; ARGENTO, Alejandro; ARSLANIAN, Manuel; AVOGADRO, Enrique; AVRUJ, Claudio; BALLARINI, Francesco; BAMEULE, Luis; BARIN, Carlos Juan; BARREIRA DELFINO, Eduardo A.; BARUGEL, Ernesto; BERBERIAN, Coco; BENÍTEZ DE CASTRO, Manuel; BERGMAN, Marisa; BERMÚDEZ, Horacio R.; BERSTEIN, Omar; BIANCHI, Carlos Oscar F. ; BIQUARD, Carolina; BOMBCHIL, Máximo L; BORDA, Alejandro; BORENSZTEIN Alejandro; BOSSI, Luisa; BOUR, Enrique; BOUR, Juan Luis; BOYADJIAN DE MARUTIAN, Elsa; BRESSO, Julio; BRAUN, Federico; BULLORSKY, Ernesto D.; BUNGE, Diego; CAMERINI, Marcelo; CARIDI, Eduardo; CASULLO, Eduardo; CHAVES, Ana Victoria; CHOPITEA DE FONTÁN BALESTRA, Pompi; COHAN, Alberto; COHEN, Jorge; COHEN AGREST, Diana; CRACOGNA, Dante; CROUSSE, Vivian; DEL VALLE, Luis; DE RIZ, Liliana; DI TELLA, Tamara; DIANA, Sebastián N.; DÍAZ, Carlos; DÍAZ CORTES, Martín; DÍAZ RICCI, Sergio; DUBIANSKY, Fabio; DUJOVNE, Berardo; EFKHANIAN, Antonio; ESTEVES, Elena; ESTEVES, Ricardo; EURNEKIAN, Andrea; EURNEKIAN, Eduardo; EURNEKIAN, Hugo Antranik; EURNEKIAN, MartÍn Francisco Antranik; EURNEKIAN, Patricia; FARGOSI, Alejandro; FEAL, Dario; FELLER, Eduardo; FERNÁNDEZ DE CINOSI, Liliana Beatriz; FERNÁNDEZ MEIJIDE, Graciela; FERRONATO, Jorge; FIUMARA, Franco; FONTÁN BALESTRA, Carlos; FONTEVECCHIA, Jorge; FRANZONI-MOLDAVSKY, Ada; FREIXAS DE BRAUN, María; FUENSALIDA, Luis; FUNES DE RIOJA, Daniel; GABBI, Adelmo; GAMBIER, Beltrán; GAOS DE FUNES DE RIOJA, Nora Beatriz; GARRIDO CORDOBERA, Lidia; GARZÓN FUNES, Oscar H.; GENTILE, Ana María; GEORGE, David; GOBÉE, Enrique; GREBLOVSKI, Claudia; GUTKOWSKI, Helene; HALPERIN, David; HERNÁNDEZ, Antonio María; HERRERO, Luis; HERS, Liliana; HIRCH DE DUJOVNE, Silvia; IMAR, Israel; INI, Gloria; IRIGOIN, Jorge; KARAGOZIAN, Aldo; KARAGOZIAN, Leda; KARAGOZIAN, Teddy; KARAGOZLU, Jorge E.; KASSARDJIAN DE MINASSIAN, María Delia; KAVLIN, David; KLEIDERMACHER, Arnoldo; KOGAN, Jorge; KOVADLOFF, Santiago; LLAMAS DE MADARIAGA, Enrique; LAPLACE, Víctor; LAZZARI, Gustavo; LEIVA FERNÁNDEZ, Luis F. P.; LENCOVA, Liuba; LEVI DE WEISS, Myriam Edith; LEVY, Isaac; LEWIN, Gerardo; LITWAK, Martín; LÓPEZ GOTTIG, Ricardo; LUCHIA-PUIG, Horacio; LUNA, Darío M.; MACCIONE, María Paula: MALKASSIAN, Roberto; MANDELBAUM, Fanny; MANOUKIAN, Alan; MARTÍNEZ TANOIRA, Ignacio; MARUTIAN, Andrés Sergio; MARZOTTO, Paola; MASLATÓN, Carlos; MINASSIAN, María Luciana; MIRA, Carlos; MIZRAJI, Guillermo J.H.; MOLTENI, Analia ; NAHABETIAN, Sergio; NAZARIAN, María Florencia; NERCELLAS, Marta; ODRIOZOLA, Juan M.; OSSONA, Jorge; OSTINI DEL ORTO, Rita;  PANOSYAN, Many; PANOSYAN, Nurhan; PARODI, Juan Carlos; PATANIAN, Matías; PÉREZ SAN MARTÍN, Silvia; PERINA, Emilio; PESSANA, Denise; PIATELLI, Lucrecia; PICCALUGA de GABBI, Alicia; PODESTÁ, María; POTIGIAN, Martín; RAHOLA, Pilar; RICAGNO, Fabiana; RIO MARCUS, Isabel; ROGGIERO, Javier Pablo; ROITMAN, Horacio; ROSALES, Luis; RÓVERE, Graciela; RUBIO, Lucia; SABSAY, Daniel A.; SACCAL, Rita; SÁENZ QUESADA, María; SAGUIER, Julio; SALMAIN DE EURNEKIAN, Valeria; SALVAT Jorge; SALVOCHEA, Ramiro; SAN MARTINO, Jorge Antonio; SÁNCHEZ ARNAU, Juan Carlos; SANTORO, Daniel; SBARBATI NUDELMAN, Norma; SCAGLIA, Juan Pablo; SCHIRINIAN, Ana Cristina; SCHIRINIAN, Carolina; SCHMIDBERG, Eduardo; SCHROTT, Rosa; SCHVINDLERMAN, Julián; SCLAUZERO, Néstor; SEBA, Alejandro; SEBESS, Susana; SEGRE OVAZZA, Stefano; SIGAL, Jorge; SOLDATI, Santiago; SPADAFORA, Rómulo; SPERLING, Diana; STALMAN, David; STEUERMANN, Miguel; SUÁREZ, Sergio Pablo; SUSSMAN, Héctor; SZAMES, Laura; TAGTACHIAN, Magda; TARAK, Pedro; TENEMBAUM, Baruj; TON, Walter; VAISER, Lidia; VARTPARONIAN, Jorge; VEGA, Gerardo E.; VERA, Lucas; VICENTE, Alicia L.; WANG, Diana; WEISS, Gustavo; WERTHEIN, Adrián; WIÑAZKI, Miguel; WOLFF, Martha; WOLFF, Waldo; WUST, Graciela C.; YORGHANJIAN, Laura; ZUCHOVICKI, Claudio.










 


USURPACIONES 


PROFESORES REPUBLICANOS ponemos de manifiesto a toda la ciudadanía nuestra preocupación por la usurpación de tierras, en diferentes regiones del país, por parte de grupos organizados. Se vulnera así el Estado de derecho, principio en virtud del cual las personas y las instituciones deben quedar sometidas a la ley. El derecho a la propiedad es un derecho natural e imprescriptible equivalente a los derechos a la libertad, la seguridad y la resistencia a la opresión. La propiedad es la expresión concreta de la libertad; es el pilar esencial para sostener a una sociedad próspera y activa y el incentivo para poner en marcha emprendimientos y mejorar la calidad de vida.

PROFESORES  REPUBLICANOS  vemos con sorpresa que, frente a las usurpaciones y expoliaciones que se están dando, el Estado se muestra ausente. Vemos, asimismo, que existen claras discordancias entre fuerzas federales y provinciales que agravan la situación y dejan el “camino” liberado para el obrar de grupos organizados, de actuar violento y que efectúan negocios espurios de reventa de tierras federales y particulares. La mirada complaciente de intendentes y gobernadores clientelistas facilitan así las ocupaciones con claros fines políticos.

La propiedad, en el sentido más amplio, comprende todos los intereses apreciables que un hombre puede poseer fuera de mismo, aparte de su vida y de su libertad. Es un derecho reconocido por nuestra Constitución Nacional en diversos artículos (arts. 14, 17, 20, 75 inc. 18 y art. 125), y es inviolable.

Más perjudicial aún es la reiterada indiferencia demostrada por el Poder Ejecutivo respecto de la violación a preceptos constitucionales y declaraciones, tratados y pactos internacionales a los que la Argentina ha adherido en materia de defensa del derecho a la propiedad.

Este estado de cosas profundizará el conflicto social y la actividad de aprovechadores de los legítimos reclamos de quienes aspiran a una vivienda digna o al reconocimiento de un territorio (art. 14 bis C.N.; art. 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948). Se agrega así un elemento más al estado de incertidumbre general en perjuicio de la recuperación del Estado de derecho.


En virtud de lo expuesto:


PROCLAMA


 

Manifestamos nuestro total repudio a las usurpaciones y expoliaciones de tierras del propio Estado –nacional, provincial o municipal– y de los particulares, ya que se tipifica, en estas conductas, el delito previsto por el art. 181 del Código Penal, que corresponde aplicar sin más trámite;

Entendemos que es tarea indelegable del Estado custodiar y preservar los bienes públicos, el derecho a la propiedad privada y el derecho a la seguridad;

Tenemos la convicción de que la crisis habitacional argentina obedece a políticas errantes y decisiones populistas y demagógicas que nunca tuvieron como objetivo brindar viviendas dignas, seguras y adecuadas a la familia argentina.

   Por ello:

Reviste suma urgencia que el Gobierno salga de su letargo cómplice y aplique la ley y ejerza la autoridad, actuando con el uso pleno de la fuerza pública frente a las intromisiones y perturbaciones, al ser quien ostenta el monopolio de la misma en un Estado de derecho;

Se evitará así volver a una sociedad de naturaleza preestatal en la que la fuerza pretenda imponerse sobre los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Nacional para hacer libres a los hombres.

 


Buenos Aires, 14 de octubre de 2020.

 

SABSAY, Daniel A.; SALVAT, Jorge; MIZRAJI, Guillermo J.H.; WIÑAZKI, Miguel; GAMBIER,  Beltrán;  HERNÁNDEZ,  Antonio  María;  SBARBATI   NUDELMAN, Norma;   VICENTE,   Alicia;   KOVADLOFF,   Santiago;   BULLORSKY,   Ernesto; NERCELLAS,   Marta;  MALKASSIAN,  Roberto;  VITOLO,   Alfredo;  BARUGEL, Ernesto;  ODRIOZOLA,  Juan  Martín;  RÓVERE, Graciela;  PERINA,  Emilio; HALPERIN, David; LENCOVA, Liuba; FRANZONI-MOLDAVSKY, Ada; GARZÓN FUNES, Oscar; MAISSONEUVE, Marcelo; MINASSIAN, Luciana; VAISER, Lidia; BOUR, Enrique; BORDA, Alejandro; BOUREL, Martín R.; CAMERINI, Marcelo; GENTILE,  Ana María;  GIACCHERO,  Alicia;  GARRIDO,  Lidia;  BERMÚDEZ, Horacio; COHEN, Jorge; BARREIRA DELFINO, Eduardo A.; SUÁREZ, Sergio P.; VEGA, Gerardo; SCHWARZBERG, Carlos; LUCHIA-PUIG, Horacio; LEIVA FERNÁNDEZ,  Luis  F.  P.; LUNA, Darío;  BUNGE,  Diego;  ALTMAN,  Daniel E.; BERSTEIN, Omar; TON, Walter; SALVOCHEA, Ramiro; WUST, Graciela C.; y siguen las firmas.

Adhesiones: profesoresrepublicanos@gmail.com